jueves, 8 de enero de 2009

Tarifas y permisos para el dorado y el surubí

El director de Recursos Naturales de la provincia, Sergio Zajarevich firmó las disposiciones que establecen los nuevos valores de las licencias para los distintos rubros a partir del 1 de enero el 2009 y la otra habilita la pesca extractiva del dorado y del especie surubí. En cuanto a la pesca deportiva, las licencias valdrán de 15 a 250 pesos y se vencerán al año, pero para los clubes que renueven más del 60% de los permisos, se les bonificará el 10%.
Para la pesca comercial se fijaron valores desde 10 a 4.500 pesos y los vencimientos serán el 31 de diciembre del 2009, cualquiera sea la fecha de emisión. Los permisionarios de la pesca comercial serán informados en el Departamento de Fiscalización y Control sobre los requisitos para su renovación. Los socios de las distintas Asociaciones y/o Cooperativas de Pescadores Comerciales con su documentación al día tendrán un descuento del 50% en el valor de las licencias.
El pescador de subsistencia tramitará a través de la Intendencia de la localidad, quien elaborará el informe socioeconomico en el área social correspondiente y elevará el pedido a la Dirección.
En cuanto al rubro Caza Deportiva, los aranceles de las licencias oscilarán entre 20 y 3.000 pesos y el vencimiento será al año de otorgadas, sin embargo para los clubes que renueven más del 60% de los permisos, obtendrán una bonificación del 10%. Para la caza comercial los importes de las licencias costarán de 10 a 9.000 pesos y los vencimientos serán el 31 de diciembre de 2.009, cualquiera sea la fecha de emisión. En lo referente a la Disposición Nº 1143, la dirección dispone habilitar la pesca extractiva y la tenencia en embarcación de 1 (uno) ejemplar de la especie dorado (salminus brasiliensis) cuyas medidas totales sean entre 75 a 90 cm. desde Capital hasta Ituzaingó y de 65 cm. a 80 cm. desde Empedrado hasta Esquina, solo para consumo local, no pudiendo transportarse por vía terrestre o aérea.
Asimismo habilita la pesca extractiva y el transporte de la especie Surubí (pseudoplatystoma Spp.) de 1 (uno) ejemplar por pescador y por licencia habilitante y fija como cantidades máximas a extraer y a transportar, por día, por pescador deportivo con licencia de pesca anual vigente y válida de acuerdo a las normas de la dirección. Se fija además, como cantidades máximas a extraer y transportar, por día por pescador deportivo, con licencia de pesca tipo turista de 2 (dos) y/o de 4 (cuatro) días vigentes y válidas de acuerdo a las normas de la Dirección.
Los operadores turísticos y expendedores de licencias deberán comunicar a todos los interesados sobre las especies y los cupos de piezas permitidos a extraer y transportar.
Fuente Megalatina.com
Imagenes ilustrativas Pezcalandia