sábado, 11 de septiembre de 2010

Apertura de temporada antes de tiempo

En Pezcalandia recibimos un informe de un biólogo de la localidad de Neuquén, por medio de un usuario de nuestra comunidad, donde nos informa lamentablemente a tan solo meses de la apertura de pesca, una reiterada e increíble inoperancia de las autoridades de turno.
La apertura de los Ríos Patagónicos (en su mayoría) estaba estipulada para el 15/11/2010, pero como siempre nos sorprenden con cambios inesperados de último momento, ahora se abrirá el 1/11/2010!!!!!! Cuando se estipula una medida razonable de apertura, "dia 15", se ajusta a una razón de preservación que nada mas ni nada menos que las camas de desove, entre otros, etc, etc, etc. Se interpretó como muy valorable!!!!!! dijimos, por fin alguien con conciencia preservadora!!!!!!. Pero se les ha escapado información que data, que los privados pusieron, se agruparon ya que cuentan con reservas desde el 1 del 11, aún no entendieron los supuestos propietarios tan instruídos que este negocio tendrá fin para todos sino cuidamos los recursos, o sea la reserva de hoy será el nada del mañana, son nada mas que billetes, señores!!!!! Y la conservación? esa que tanto se rasgan en toda reunión de turismo y pesca deportiva.
También querer prohibir los campamentos en los ríos Chimehuin y Collon Cura abajo?? ustedes creen así proteger su negocio, están equivocados, están alejando turismo y sobre todo pescadores deportivos, quienes si cuidan los recursos, quienes en el boca a boca cruzan latitudes, tanto los perjudica la venta en aguas privadas???
Cual es el sentido de perjudicar estos dos ríos, otra payasada, lo único que perjudica son sus propios bolsillos de ríos públicos que se venden como privados En ésta Argentina donde la Constitución Nacional anexo Neuquén, dice Esta es la ley que nos ampara a los ciudadanos de la Argentina en territorio del Neuquén, a circular libremente por las riveras de Ríos y Lagos Ley nº 273 Articulo 1º Encomiéndese al Poder Político la realización de estudios técnicos necesarios para la determinación de la línea de ribera legal de los ríos y cursos de agua flotables provinciales e interprovinciales en aquellas zonas que por su densidad de población y posibilidad de uso intensivo así lo justifiquen. Articulo 2º Autorizase al poder Ejecutivo a afectar como calle o camino publico, de conformidad con lo establecido por el articulo 2673 del Código Civil ,a las fracciones de treinta y cinco (35) metros de ancho computables desde la línea de rivera legal ,en las mismas zonas mencionadas en el articulo anterior. Articulo 3º Los propietarios de terrenos ribereños con la calle o camino declarado publico por decreto del Poder Ejecutivo no pueden hacer en ese espacio de treinta y cinco (35) metros ninguna construcción ,ni reparar las antiguas que existieren ,ni deteriorar el terreno de manera alguna. Están obligados a permitir su uso por cualquier habitante a los efectos de la navegación ,pesca y de cualquier otra utilización propia de su destino publico. Articulo 4º Si los ríos o cursos de agua atravesaren algún ejido municipal, será necesaria un ordenanza especial , que declare calle o camino publico a la fracción ribereña , la que en estos casos podrá tener de quince (15) a treinta (30) metros de ancho. Articulo 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquen, a los veintidós días Noviembre de mil novecientos sesenta y uno. Fdo) Alberto Chaneton –Vicepresidente a/c. Presidencia H. Legislatura Pedro Gabriel Fernández – secretario Promulgada: por decreto 0099 - 4/12/61 Boletín Oficial: nº 673-2/3/62 Ahora, desviar causes para crear Spreng Crek y demas, no esta mal, si para la ley que lo prohíbe con amenazas de multa para quien perjudique el medio, esto es otra burla ...Sin duda la cámara de Guías de la zona, debería tomar fuertes medidas, ya que ellos son quienes pueden ser un arbitro coherente de la zona.
Vía Anchorena Paz
CC Cámara de Guías de pesca deportiva de Neuquen
Photos ilustrativa Pezcalandia
Archivo Pezcalandia 2009