Desde Pezcalandia difundimos una noticia de la
actividad que convoca a miles de aficionados de toda la provincia, la pesca
deportiva.
Ambiente informó que se podrá practicar la pesca de
salmónidos, pejerrey, perca o trucha criolla, carpas, dientudos y mojarras en
los espejos de agua habilitados.
El
ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales dio inicio formal a la
temporada de pesca 2014-2015 en los distintos espejos de agua de Mendoza,
actividad de la cual participan unos 20 mil pescadores de la provincia.
El organismo informó que se
podrá practicar pesca deportiva de salmónidos, pejerrey, perca o trucha
criolla, carpas, dientudos y mojarras en las siguientes fechas y en los espejos
de agua habilitados:
1. Salmónidos (Trucha Marrón,
Arco Iris y Fontinalis): en toda la provincia se habilita desde el 1 de
noviembre de 2014 hasta el 4 de mayo del 2015, sin límite de tamaño. Salvo en
los embalses Agua Del Toro, Los Reyunos y Valle Grande donde se habilita desde
el 1 de diciembre.
2. Pejerrey (Patagónico y
Bonaerense): Desde el 1 de diciembre de 2014, hasta el 14 de septiembre de
2015, a excepción del embalse El Carrizal que se habilita la pesca todo
el año en tanto que en Valle Grande se habilita la pesca los fines de semana y
feriados hasta el 1 de diciembre de 2015.
3. Perca o trucha Criolla:
Desde el 1 de diciembre de 2014, hasta el 14 de septiembre del 2015, inclusive.
4. Carpas y dientudos: Todo
el año.
5. Mojarras: Todo el año.
La cantidad de pescadores
habilitados por Recursos Naturales pasó de 8.633 pescadores el año 2000 a más
de 20.000 permisos de pesca expedidos en el 2013. Además existen más de 17.000
embarcaciones registradas.
Requisitos para practicar pesca deportiva
Para realizar actividades
de pesca es obliga torio tener el
permiso expedido por la Dirección de Recursos Naturales Renovables (DRNR) del
Ministerio de Tierras según lo establece la Ley de Pesca Provincial Nº 4428/80.
También es necesario conocer el reglamento general de pesca deportiva temporada
2014/2015 que rige en todo el territorio de Mendoza.
El permiso de pesca es
personal e intransferible y se debe llevar en toda excursión o salida de pesca
y exhibirlo a pedido de los inspectores. Los permisos también pueden adquirirse
en los agentes de venta habilitados.
En el reglamento se
establece la modalidad de pesca para las distintas especies, también se indican
las cantidades permitidas por pescador para cada ambiente acuático, los lugares
habilitados, los ambientes vedados y las especies vedadas, así como consejos
sobre cómo cuidar el ambiente.
Dicho documento se puede
bajar en el sitio del ministerio www.ambiente.mendoza.gov.ar y es entregado cuando se adquieren los permisos.
Modalidad de Pesca permitida
1. Salmónidos (Trucha
Marrón, Arco Iris y Fontinalis): Únicamente con señuelos artificiales con
anzuelos sin rebaba, indistintamente la modalidad de Pesca, con excepción de la
Laguna El Sosneado y la Cuenca del río Salado donde se permite únicamente con
Mosca.
2. Pejerrey (Patagónico y
Bonaerense): Carnada natural muerta, línea de dos anzuelos como máximo.
3. Perca o trucha Criolla:
Señuelo artificial o carnada natural con anzuelo sin rebaba
4. Carpas y dientudos:
Carnada natural muerta o artificial.
5. Mojarras: Únicamente
mojarrero o butril.
El Ministerio de Tierras y
Ambiente informó además que, en lo que respecta a pesca nocturna, se podrá
pescar pejerrey únicamente “de costa”.
Cada pescador puede usar un
solo equipo de pesca y podrá tener otro equipo desarmado de repuesto, en caso
de tener un inconveniente.
Fuente
Jornada Online