Difundimos en Pezcalandia que el
Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, a través
de la Dirección General de Bosques y Fauna, informó que según Resolución Nº
1861/ 2016 del citado Organismo, decidió extender la veda del dorado (Salminus
brasiliensis) en aguas de jurisdicción provincial a partir del 1 noviembre del
corriente año hasta el 1 de noviembre del año 2017 debido a factores climáticos
desfavorables para el desove y fecundación correspondiente de la especie.
Solo se admite pesca y devolución,
recomendando el uso de anzuelos lisos o sin rebaba, quedando prohibido el
transporte y la comercialización de esta especie.
Además se informa que los ejemplares
y cupos permitidos por pescador son: tararira o soco 8 piezas y 40 centímetros
de tamaño mínimo, bagres, bogas y sábalos 10 piezas con tamaño mínimo de 30
centímetros. Cada pescador puede extraer un máximo de 15 piezas varias
respetando los cupos, siempre munidos de su correspondiente Licencia de Pesca
Deportiva que otorga la Subdirección de Fauna. También comunica que se encuentra
prohibido el uso de explosivo, redes, yo-yo, canasta, flechas y tramayo. Solo
se permite el uso de caña, reel, anzuelo y carnada viva o señuelo, desde la
orilla o embarcados. Se recuerda que los puentes, caminos
y banquinas, no son lugares habilitados para el desarrollo de la pesca
deportiva motivo por el cual se solicita evitar éstos lugares con el fin de
resguardar su seguridad, el de los transeúntes y vehículos que circulan.
Los controles se realizan en forma
permanente y en todo el territorio provincial de acuerdo a la Ley Prov. Nº
4.802 y sus decretos reglamentarios. Las infracciones serán sancionadas con
multas, pudiéndose proceder según el caso, al secuestro preventivo de todos los
elementos utilizados.
Por mayor información dirigirse a
Subdirección de Fauna, Independencia Nº 475 Ciudad Capital.
Tel. (0385) 421-8391/421-3764-Int.
112 y 114. direfo_comunicacion@yahoo.com.ar
Fuente
Diario Panorama