Les contamos a
nuestros seguidores Pezcalandia que la bajante histórica de las aguas de
nuestros ríos ha dejado a la luz un problema que no es nuevo y que amenaza la
principal riqueza de nuestros ríos: su población ictícola. La pesca artesanal
fue y es un medio de vida para generaciones de isleños; pero la exportación de
pescado de río - como ocurre desde siempre con Santa Fe y Entre Ríos - amenaza
un recurso que no puede abastecer una demanda infinita.
La situación actual de los
ríos Paraná y Uruguay, con bajísimo caudal de agua, está enmarcada en un período
de sequías en el Sur de Brasil que, si bien es cíclico, reviste este año
algunas características particulares.
Esto contribuye, aunque no
determina a la mentada sequía (factor principal) dejando a nuestra población
ictiológica en estado de suma vulnerabilidad e invita a una reflexión sobre el
uso/abuso de un recurso que para algunas provincias merece preservarse con una
veda total de pesca deportiva y comercial, mientras que para otras mantiene
condiciones hídricas y poblacionales que presuntamente avalan la pesquería
comercial, y mantienen la prohibición de pesca a los pescadores deportivos.
¿Son los deportivos la amenaza al recurso?
En este marco, Corrientes,
Misiones y Chaco (que a principios de mes había autorizado al retorno de la
pesca comercial tras el primer período de cuarentena y luego revirtió la
medida) decretaron la veda total de pesca (deportiva y comercial) en sus
respectivas provincias.
No
es el caso de Santa Fe y Entre Ríos, epicentro del gran negocio que amenaza las
poblaciones del río: el de la exportación de pescado. En estas provincias, aun
en tiempos de pandemia donde millones de argentinos somos invitados a
“quedarnos en casa”, los llamados “pescadores artesanales” siguen proveyendo de
sábalos y otras especies a los camiones de grandes frigoríficos que se llevan
la parte del león en un negocio millonario.
Los
llamados “pescadores artesanales” siguen proveyendo de sábalos y otras especies
a los camiones de grandes frigoríficos que se llevan la parte del león en un
negocio millonario.
El
Estado argentino recibe solo un 5% por derecho de exportación y al pueblo
argentino lequedan sus ríos del litoral cada vez más expoliados.
Lo que
‘salva’ el Estado
Pero
cabe consignar que de ese presunto beneficio de sostener estas pesquerías en
que se benefician el Estado y la administración de cada provincia, se vuelve
pérdida en tiempos como éste, donde los malloneros y pescadores artesanales no
pueden ejercer su actividad.
Pues
allí los subsidios a las familias que se benefician (o son explotadas, según la
mirada) por actividad, no salen de sus empresas con históricas y millonarias
ganancias, sino de las administraciones provinciales y el Estado nacional, que
conforman un sueldo de ($20.000 por la provincia y $10.000 por el Estado
nacional) para paliar su situación.
De
ahí que, muchas veces, por no pagar esos subsidios, se los deja pescar y los
costos los paga el río. Este trasfondo de procurar evitar subsidiar a estos
sectores (que también se les daba en tiempo de veda cuando las especies de
valor comercial están en tiempo de fresa) hace que se apele a subterfugios como
la famosa “veda extendida” (esto es, en vez de proteger los peces cuando
desovan, se “prorratea” una veda a lo largo de todo el año suspendiendo dos
días por semana la actividad de los comerciales).
Esto
desprotege a los peces en su momento más vulnerable, pero ahorra millones a las
administraciones provinciales. La paga por cada pieza al pescador suele no
pasar de U$s 0,30 (unos $25). Esto hace que ahora se privilegie el volumen a la
calidad de piezas.
Apropiación
de un recurso público
Como
conclusión, y a modo de reflexión, resulta triste e indignante ver cómo la
apropiación de un recurso público como el de los peces del río es utilizado
para beneficio de unos pocos empresarios que obtienen ganancias millonarias (y
ganancias mínimas a las provincias y la nación), socializando los “sueldos” de
sus proveedores en tiempos críticos en donde es el Estado quien debe asistir a
los pescadores artesanales.
Para
cerrar, nada mejor que recordar lo que se olvida: el artículo 4 de la Ley
General de Ambiente (N 26675) expresa en su principio de sustentabilidad que
“el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos
naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de
manera tal que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y
futuras”.
Fuente: Chaco día por día