La preservación de la biodiversidad marina es un tema que
siempre ocupa a la Autoridad de Aplicación del Régimen Federal de Pesca. Si
bien la actividad pesquera no constituye una de las principales fuentes de
contaminación por plásticos hacia los océanos, su uso directo en el ecosistema
acuático exige una acción al respecto.
Los aparejos de pesca perdidos, abandonados o descartados
pueden alterar los fondos marinos y el medio ambiente oceánico, como así
también generar dificultades para la seguridad de la navegación. Por este
motivo, luego de los 30 días de la publicación de la mencionada Disposición en
el Boletín Oficial, todas las embarcaciones que salgan a mareas con destino a
jurisdicción Nacional y en el área adyacente a la Zona Económica Exclusiva,
estarán obligadas a llevar a bordo herramientas que permitan la recuperación de
aparejos de pesca, cajones plásticos y materiales de embalaje que quedan flotando
en la superficie del mar.
El Director Nacional de Coordinación y Fiscalización
Pesquera, Dr. Julián Suárez, declaró: “El impacto de la actividad pesquera en
la contaminación de plásticos en nuestro mar es una situación que, junto al
Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, Dr. Carlos Liberman, venimos
trabajando en conjunto con el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de
la Nación Argentina, Sr. Juan Cabandié».
«El marcado e identificación de artes de pesca es un
proyecto que va tomando forma a la par
de las recomendaciones de la FAO (La Organización de las Naciones Unidas para
la Alimentación y la Agricultura) y el trabajo interno que venimos realizando
en 2022. Mantenemos constantemente encuentros con ONGs ambientales para poder
nutrirnos de conocimientos de ambas partes y de las necesidades vigentes»,
señaló.
«Somos conscientes que los factores que motivan que las
artes de pesca y cajones se abandonen, se pierdan o se descarten, son
numerosos; entre ellos están: las condiciones meteorológicas adversas; los
factores operacionales durante el aprovisionamiento de los buques y la
operatoria en general. También sabemos que a las empresas armadoras no les
resulta conveniente perder estos instrumentos de trabajo dado que su reposición
implica un costo económico. Sin embargo, tener vigente la Disposición DNCYFP N°
28/2022 nos permite garantizar que cada embarcación cuente con todos los
elementos necesarios para accionar en caso de ser necesario”, concluyó.
Cabe mencionar que el inspector o la inspectora nacional de
pesca en muelle deberá constatar la presencia a bordo de al menos UN (1)
grampín y UN (1) bichero por buque previo a la zarpada.
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Difusión
Fuente: puntonoticias