En Pezcalandia, nos pone muy contentos cuando la justicia falla en favor de ella. Al sólo efecto de informar la Sala Constitucional de la Corte Suprema resolvió rechazar una acción de inconstitucionalidad que plantearon asociaciones de pescadores contra la Ley 3.191/07, que prohíbe la pesca, extracción, recolección y acopio del dorado.
En consecuencia, la pesca del dorado seguirá prohibida por el término de 5 años, según lo dispone la citada ley, en su artículo 1º.
Las asociaciones de pescadores argumentaron el desmejoramiento de la calidad de vida, por la privación de la pesca del dorado.
Además, sostuvieron el derecho al trabajo así como las garantías de la igualdad de condiciones.
El ministro Antonio Fretes razonó en su resolución que el legislador al promulgar la Ley 3191 fue para dar cumplimiento a los acuerdos a los que se arribó con los países vecinos, a los efectos de la conservación de la fauna íctica.
Fretes también recomienda a los dirigentes pescadores que instruyan a sus asociados sobre la conveniencia de colaborar con la protección de los recursos ícticos observando las vedas y la necesidad de conservar el medio ambiente.
Víctor Núñez y José Altamirano se adhirieron al voto del preopinante.
Fuente Digital ABC - Asuncion Paraguay
Photo Archivo Pezcalandia