Nos llega a la redacción de Pezcalandia que un
juez de Rosario prohibió durante tres meses la pesca deportiva y comercial en
todo el cauce del río Paraná, a causa de la histórica bajante, y como una
medida extrema para preservar el ecosistema. La decisión alcanza a todo el
territorio de Santa Fe y vencerá el 31 de marzo de 2021.
Las organizaciones “El Paraná No Se Toca” e
“Identidad Ambiental” solicitaron un amparo para declarar la veda temporaria
hasta tanto se produzca una creciente en el nivel del río y la provincia cuente
con información detallada sobre el estado de la ictiofauna.
“Cuando existe certeza de que una actividad puede causar daño al medio
ambiente, porque así lo enseña la experiencia empírica, se deben tomar todas
las prevenciones posibles para evitar o mitigar el daño ambiental”, plantea el
juez en lo Civil y Comercial de Rosario Luciano Carbajo.
El magistrado explica que “la tutela del ambiente no significa detener el
progreso, sino por el contrario, hacerlo más perdurable en el tiempo de manera
que puedan disfrutarlo las generaciones futuras”.
Las organizaciones ambientalistas habían argumentado que la bajante afectó
negativamente la temporada reproductiva de los peces, que las especies
ictícolas se encuentran en estado de vulnerabilidad por el reducido cauce del
río, ya que no pueden “esparcirse y habitar cursos menores”, lo que ha
facilitado la pesca indiscriminada.
La denuncia plantea, además, que el Estado no posee información clara ni
un plan estratégico para revertir un daño irreversible. “Existirá un seguro
daño en caso de no dictarse la cautelar peticionada y si no se toman medidas
urgentes”, anticiparon las organizaciones, una situación de alerta que fue
compartida por el juez.
El caso se presenta hacia el final de un año donde el humedal del río Paraná ha
sufrido un constante daño ambiental con las quemas producidas en las islas
entrerrianas: 39.244 focos se han detectado hasta el 20 de diciembre pasado
entre la capital santafesina y Campana, de acuerdo a un relevamiento publicado
por el Museo Scasso. Se trata del mayor número de quemas desde 2012.
La explotación ganadera es señalada como una de las principales causas de los
incendios. La bajante y la sequía presentaron, además, condiciones naturales
para facilitar esa práctica.
En la resolución se plantea que el Estado provincial rechaza la prohibición de
pesca solicitada por los grupos ambientalistas porque entiende que la denuncia
es “genérica e imprecisa”. Define la medida como “irrazonable”.
Entre otros puntos, las autoridades indican que lejos de generarse este año una
depredación de los recursos pesqueros, las consecuencias de la pandemia
provocaron una “sustancial reducción de la presión de pesca sobre dicho
recurso”.
El río Paraná alcanzó a la altura de Rosario, el 22 de mayo pasado, una altura
de 0,08 metros sobre el nivel del mar, un registro que marca una histórica
bajante. La situación se sostuvo, aun con vaivenes, durante todo el año. El 24
de febrero alcanzó su mayor altura -2,70 metros-, pero en noviembre volvió a
tener 0,13. Este martes 29 de Diciembre alcanzaba 1,07. Un informe de la Bolsa
de Comercio local indicó que una situación semejante no se presentaba desde
1971.
El juez fundamenta su decisión en los informes técnicos del proyecto de
Evaluación Biológica y Pesquera de especies de interés deportivo y comercial en
el río Paraná (EBIPES). “Son de incuestionable autoridad por su valor técnico
científico sobre el tema que nos convoca”, explica. Además, cita a la
Constitución Nacional, que en su artículo 41 indica que “todos los habitantes
gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades
presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”, habla sobre el
“deber de preservarlo”, de la “utilización racional de los recursos naturales”
y de “la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica”.
También se vale de una resolución de la Corte Suprema, que al intervenir en el
tema de los incendios intencionales provocados en las islas entrerrianas
definió al Delta del Paraná como “un ecosistema vulnerable”, que “necesita
protección”.
Los jueces de la Corte hablan de “un inmenso humedal” que alberga una rica
diversidad biológica, cumple múltiples y fundamentales funciones como “la recarga
y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, la retención de sedimentos
y nutrientes, la estabilización de costas, la protección contra la erosión, la
regulación del clima y una extensa lista de bienes y servicios al hombre. Así,
el sistema cumple también un rol importante, como reservorio de biodiversidad,
brindando alimento, refugio y sitios de reproducción a numerosas especies de
peces, aves, reptiles y mamíferos”.
El juez Carbajo advierte que de acuerdo a informes técnicos la situación de bajante
no mejorará en los próximos meses y hace una excepción respecto de la llamada
“Pesca de Subsistencia”, que permite la extracción de especies para el consumo
propio del pescador y de su familia, practicada desde la costa o desde canoas a
remo con líneas de mano, prohibiéndose totalmente la comercialización del
producto de dicha pesca.
Pezcalandia
Prensa & difusión
Fuente Clarin